EDITORIAL | Autor: Lic. José Luis Dranuta | 02-06-2015
Ni olvido ni perdón, en el tránsito también
Por una ley que se cumpla en serio
Cuando un conductor mata a un peatón, o a otro conductor, de cualquier vehÃculo, por negligencia e impericia, violando todas las leyes e ignorando el sistema de vida que nos rige, se transforma en algo mucho más peligroso que en un homicida, se transforma en alguien que mata y sabe que queda impune. Esa doble sanción que recibe la sociedad lo habilita doblemente a seguir cometiendo tropelÃas. En nuestra ciudad, es bien sabido, que un altÃsimo porcentaje de ciudadanos viola sistemáticamente la ley y pone en riesgo la vida de terceros. Nunca hay sanciones efectivas.
Ema Cibotti, en una interesante nota del diario Clarín dice lo siguiente:
"Esta es la situación de pesadilla que el homicidio con agravante prefigura: la muerte violenta de un inocente a manos de un conductor/a que a la negligencia, impericia o incumplimiento de los deberes a su cargo, le suma la falta de todo escrúpulo para violar la ley de tránsito, lo cual se traduce en la muerte de uno o más semejantes.
Estamos hablando de un violento vial que habiendo matado quizás no vaya a prisión porque para que ello ocurriera el mínimo de la pena a imponer en estos casos debería ser de tres (3) años y seis (6) meses, y no de tan sólo tres (3) años como lo consagra el proyecto. Ello habilitará la imposición de una pena en suspenso en ciertos casos e incluso la concesión de la probation, aunque es cierto que según la gravedad de cada caso los fiscales podrán pedir penas mayores a 3 años y los jueces dictarlas.
Entre los agravantes tipificados, la Comisión incorporó: el exceso de velocidad que consiste en circular a más de 30 kilómetros por encima de la máxima permitida en el lugar del hecho, la fuga o negativa a socorrer a la víctima, la violación de la luz roja, de las señales de tránsito que indican el sentido de circulación vehicular, la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, conocida comúnmente como “picada”, y la inhabilitación para conducir. Insistimos en que no se trata de criminalizar la infracción de tránsito sino de sancionar penalmente a quien deliberadamente transgrede la norma y termina matando a una o más personas.
Y es por eso que expresamos también nuestra máxima inquietud frente a la tolerancia por sobre los máximos de alcoholemia que dicta la ley de tránsito, puesto que el agravante del homicidio en ningún caso debería superarlos y sin embargo el proyecto admite hasta un gramo por litro de sangre en los conductores particulares. Se ha dado un paso. Esperamos que se reafirme con el debate y la votación en el recinto, para que los agravantes no sigan corriendo el umbral de lo socialmente soportable."
Como no entendamos que esto nos involucra a todos, y en todo momento, seguiremos enterrando inocentes y dejando culpables en la calle, para que sigan asesinando.